Planes Generales: Entrada en vigor del ROTU

Entrada en vigor del ROTU

El pasado 15 de julio se cumplió el plazo para que los ayuntamientos adaptasen su normativa en suelo no urbanizable al Reglamento de Ordenación del Territorio en Asturias. A partir de ahora y tal como se refleja en las disposiciones transitorias, el ROTU será de directa aplicación en el suelo no urbanizable de los Planes Generales de Ordenación no adaptados que son los que se aprobarón antes del 15 de julio de 2008 y no han sufrido ni revisión ni modificación.
Las determinaciones de carácter específico en suelo no urbanizable están recogidas en los artículos 145 a 149 del ROTU.

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