Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios

Será obligatorio para edificios nuevos y para los existentes que se vendan o alquilen más de 4 meses a un nuevo arrendatario.El certificado tendrá una validez máxima de diez años.
El RD 235/2013 deroga igualmente el RD 47/2007 que regulaba la certificación de edificios nuevos y está en vigor desde el 14 de abril de 2013.
La presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, será exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir del 1 de junio de 2013.

Modificación del RITE

Ya está publicada la esperada modificación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Los cambios responden a la evoluciónn de la técnica y a la necesidad de control de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas en el tiempo. Es necesaria la publicación de un texto que refunda el original y todas las correcciones que no son pocas.

El BOPA ya tiene cuenta en twitter

Desde el 13 de marzo el BOPA tiene cuenta en twitter para difundir convocatorias de subvenciones, premios, concursos... La adaptación del contenido a los 140 caracteres no está automatizada y los tweets son fácilmente legibles (nosotros, en pruebas, utilizamos pipes y muchas abreviaturas). Llegando más tarde que el BOE a twitter creemos que el contenido es más interesante en el BOPA pues el Boletín Oficial del Estado se limita a tweetear el enlace de cada nueva edición y poco más.

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