Planes Generales: Nuevo reglamento de infraestructuras comunes de telecomunicaciones

Nuevo reglamento de infraestructuras comunes de telecomunicaciones

Ya está en vigor el RD 346/2011, el reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.
Como novedades el proyectista deberá preguntar a los operadores de telecomunicaciones pertinentes en la zona qué tipos de redes no tienen pensado utilizar pues sólo se incorporaran a las ICT (instalaciones comunes de telecomunicaciones) de la edificación las redes que realmente vayan a tener utilidad. En el caso de que no existiera respuesta por parte de los operadores de telecomunicación, el proyecto técnico de ejecución incorporará tecnologías de acceso basadas en cables de fibra óptica en todas las poblaciones, y tecnologías de acceso basadas en cables coaxiales en aquellas poblaciones en las que estén presentes los operadores de cable en el momento de la entrada en vigor del presente reglamento.
Además de las existentes ICT  introduce el concepto de "hogar digital" que es un marco de referencia homogéneo para que usuarios, promotores y administraciones públicas puedan comparar y clasificar las viviendas. Al igual que las clasificaciones especiales de eficiencia energética (> clase D), será decisión del promotor incorporar las funcionalidades marcadas en el anexo V. Es ahí donde aparecen dos nuevos acrónimos: la RAD (Red de Área Doméstica ampliada) y la RGCS (Red de Gestión, Control y Seguridad) que a través de la pasarela residencial habilitará la mayoría de los servicios del "hogar digital".
Los servicios que el Real Decreto recoge para el hogar digital son entre otros: alarmas de incendios, humo, gas, inundación, intrusión y SOS; simulación de presencia, control de toldos, persianas, temperatura y climatización, diagnóstico y mantenimiento remoto; gestión de electrodomésticos, riego, agua, monitorización de consumos; TDT, radio difusión sonora (AM,FM,DAB), vídeo bajo demanda (VOD), televisión y telefonía IP, música y juegos online; y teleasistencia básica, videoconferencia, teletrabajo y teleeducación.

Hasta el 1 de octubre se podrá solicitar licencia de obras basándose en los anexos del anterior reglamento RD 401/2003.

Para saber más consulta el blog del COAG

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