Planes Generales: Calificación de Eficiencia Energética

Calificación de Eficiencia Energética

Opción simplificada: "Los edificios cuya calificación se realice mediante la opción simplificada deben cumplir en todo caso con los requisitos de la Sección HE-2 Rendimiento de las instalaciones térmicas y con los porcentajes previstos en la Sección HE-4 Contribución solar mínima de agua caliente, del mismo DB-HE.
La utilización de esta opción simplificada sólo permite obtener clases de eficiencia energética D o E, aunque es posible que con la utilización de la opción general en el mismo edificio, bien sea con el programa informático de referencia CALENER (VR)o con cualquier programa informático alternativo que haya sido validado, se obtenga una clase de eficiencia energética mejor que la que se le asigna por esta opción."
Programa informático de referencia CALENER_VYP, para la calificación de eficiencia energética de edificios de viviendas y del pequeño y mediano terciario.
Programa informático de referencia CALENER_GT, para la calificación de eficiencia energética de grandes edificios del sector terciario.
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